Preguntas frecuentes sobre concurso de traslados
Preguntas frecuentes sobre concurso de traslados
Concurso de Traslados
Preguntas Frecuentes
La ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura a través de sus artículos 115 a119, el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de Extremadura, aprobado por Decreto 43/1996, modificado por el Decreto 107/2013, de 25 de junio mediante sus artículos 2 al14 en relación con el personal funcionario de carrera.
El V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura a través de sus artículos 15 y 15 bis en relación con el personal laboral fijo.
Los procedimientos ordinarios de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario de carrera son el concurso permanente y abierto de puestos vacantes no singularizados (los denominados puestos base) y el concurso de puestos vacantes singularizados (los denominados puestos de estructura).
Los procedimientos ordinarios de provisión de puestos de trabajo de personal laboral fijo son el turno de traslado (los denominados puestos base) y el concurso de méritos específicos para puestos vacantes de Directores de Centros Infantiles, Hogares de la Tercera Edad, Hogar Club de Ancianos Trajano, Centros Ocupacionales y Centros de Atención a los Discapacitados, y Jefes de Reten.
En el Portal del Empleado Público de la Junta de Extremadura en la caja denominada "Empleado" en el apartado "Concursos de traslados" que podrás encontrar de forma más rápida en la zona denominada "Lo más buscado".
El personal funcionario de carrera cualquiera que sea su situación administrativa, excepto el que se encuentre en suspensión firme de funciones, que no podrá participar mientras dure la suspensión, siempre que reúna las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la convocatoria.
Además el personal funcionario de carrera deberá permanecer en cada puesto de trabajo obtenido con carácter definitivo un mínimo de 2 años a contar desde la fecha de toma de posesión para poder participar en los concursos de provisión, salvo que hubieran cesado en el mismo por aplicación de un plan de ordenación del empleo público,, supresión o remoción del puesto de trabajo, cese en un puesto de libre designación o soliciten puestos no singularizados del mismo nivel de puesto, en la misma Consejería y localidad.
En todo caso deberán reunir los requisitos establecidos para su desempeño para su desempeño en la correspondiente relación de puestos de trabajo.
Todos estos requisitos y condiciones generales exigidas deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos durante la totalidad del proceso de provisión. En el caso de no mantenerlos durante todo el proceso serán excluidos del mismo.
En el turno de traslado podrán participar el personal laboral fijo al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, debiendo reunir los requisitos y las condiciones generales exigidas en cada convocatoria, así como los requisitos que se especifican en la relación de puestos de trabajo de personal laboral para cada uno de los puestos de trabajo a los que opten un mes antes de la fecha de constitución de la Comisión de Valoración de la Resolución que corresponda y mantenerlos durante la totalidad del proceso de provisión. En el caso de no mantenerlos durante todo el proceso serán excluidos del mismo. No podrán participar los suspensos en firme mientras dure la suspensión.
El personal laboral fijo con destino definitivo sólo podrá participar en las distintas Resoluciones del turno de traslado, si a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes para la Resolución correspondiente, ha transcurrido un año desde la publicación de la Resolución por la que obtuvieron el referido destino definitivo, pudiendo optar a los puestos de la misma Categoría y Especialidad a que pertenezcan. El personal laboral fijo, en situación de excedencia voluntaria por incompatibilidad y, por tanto, sin destino definitivo, podrán participar en el turno de traslado sin necesidad de haya trascurrido un año desde la publicación de la Resolución por la que obtuvieron su último destino definitivo, teniendo dicha participación la consideración de reingreso al servicio activo conforme a lo establecido en el artículo 27 del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura.
En el concurso de méritos específicos para puestos vacantes Directores de Centros Infantiles, Hogares de la Tercera Edad, Hogar Club de Ancianos Trajano, Centros Ocupacionales y Centros de Atención a los Discapacitados podrá participar el personal laboral fijo perteneciente a los Grupos I, II y III con al menos de dos años de antigüedad en la Junta de Extremadura. debiendo reunir los requisitos y las condiciones generales exigidas en la correspondiente convocatoria, así como los requisitos que se especifican en la relación de puestos de trabajo para cada uno de los puestos de trabajo a los que opten, un mes antes de la fecha de constitución de la Comisión de Valoración de la Resolución del mismo y mantenerlos durante la totalidad del proceso de provisión. En el caso de no mantenerlos durante todo el proceso serán excluidos del mismo. No podrán participar los suspensos en firme mientras dure la suspensión.
El personal laboral fijo que pertenezca a los Grupo I, II y III podrá acceder a los puestos convocados si a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes para la respectiva convocatoria, ha transcurrido un año desde la publicación de la Resolución por la que obtuvieron el referido destino definitivo.
En el concurso de méritos específicos para puestos vacantes de Jefe de Retén podrá participar el personal laboral fijo al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura que integran el Plan Infoex, adscritos al Grupo IV, Categoría Bombero/a Forestal Conductor/a, debiendo reunir los requisitos y las condiciones generales exigidas en la correspondiente convocatoria, así como los requisitos que se especifican en la relación de puestos de trabajo para cada uno de los puestos de trabajo a los que opten, un mes antes de la fecha de constitución de la Comisión de Valoración de la Resolución del mismo y mantenerlos durante la totalidad del proceso de provisión. En el caso de no mantenerlos durante todo el proceso serán excluidos del mismo. No podrán participar los suspensos en firme mientras dure la suspensión.
El personal laboral fijo que pertenezca al Grupo IV, Categoría de Bombero/a Forestal Conductor/a podrá acceder a los puestos convocados si a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes para la respectiva convocatoria, ha transcurrido un año desde la publicación de la Resolución por la que obtuvieron el referido destino definitivo y cuenten con una antigüedad mínima de 5 años en cualquiera de la Categorías del Plan Infoex.
Las solicitudes para todos los procedimientos de provisión ordinaria de puestos de trabajo, tanto de personal funcionario de carrera como de personal laboral fijo, se cumplimentarán y presentarán a través del Portal del Empleado Público a través del Área Personal (Mi carpeta), debiendo acceder a esta parte privada del Portal mediante cualquier certificado electrónico cualificado o a través de Cl@ve Móvil (descargando en este caso la aplicación a través de Apple Store o Google Play. La presentación de la solicitud a través del Área Personal del Portal del Empleado Publico implicará su registro electrónico.
La documentación acreditativa de los requisitos y méritos exigidos en la respectiva convocatoria que no sean expedidos de oficio por la Administración y, por tanto externos a la misma, no se aportarán en el momento de la presentación de la solicitud, sino que previamente se cargarán por la persona empleada pública en el apartado ¿Documentación del Empleado¿ dentro del acceso directo ¿Empleado¿, rellenando los campos correspondientes y adjuntando el documento justificativo digitalizado que soporte la documentación aportada a su expediente (Titulaciones académicas, cursos de formación, certificación de formación impartida, certificación de servicios prestados en otras Administración Públicas, etc.). En el momento de la solicitud, lo único que tendrá es que clicar el documento que quiere que se le tenga en cuenta a la hora de acreditar el requisito o valorar el mérito correspondiente en el procedimiento de provisión de puestos en el que participe.
En el concurso permanente y abierto de puestos no singularizados de personal funcionario se valoran como méritos generales el grado personal consolidado, el trabajo desarrollado como personal funcionario, la actividad formativa recibida e impartida realizada, organizados u homologados por la Escuela de Administración Pública de Extremadura, el Instituto Nacional de Administración Pública o cualquier otro Centro Oficial de Formación de Empleados Públicos, o acogidos al Plan Nacional de Formación Continua de las Administraciones Públicas independientemente del promotor de los mismos, cuyo contenido verse sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto o puestos de trabajo solicitados, la antigüedad en la Junta de Extremadura y la permanencia en el último puesto de trabajo obtenido con carácter definitivo.
En el concurso de puestos singularizados de personal funcionario se valorarán los méritos generales indicados en el párrafo anterior. Asimismo, podrán valorarse los méritos específicos que se establezcan en la convocatoria que aparecerán recogidos en la columna de méritos de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario, como pueden ser Titulaciones académicas, la experiencia adquirida con el desempeño del puesto de trabajo y otros méritos que, como se ha indicado anteriormente, figuren en la columna de méritos de la relación de puestos de trabajo en vigor.
En el turno de traslado de personal laboral fijo se valorarán los méritos de antigüedad como personal laboral en la Junta de Extremadura, los servicios prestados como laboral fijo en la categoría profesional y especialidad que pertenezcan los puestos de trabajo a los que se opte y la formación recibida e impartida , organizada u homologada por la Escuela de Administración Pública, el Instituto Nacional de Administración Pública o cualquier otro Centro Oficial de Formación de Empleados Públicos, o cursos acogidos a los Acuerdos Nacionales de Formación Continua de las Administraciones Públicas, independientemente del promotor de los mismos, y siempre que los contenidos del curso guarden relación con las funciones propias de la Categoría y Especialidad de los puestos de trabajo a los que se opte.
En el concurso de méritos específicos de puesto vacantes de Directores de Centros Infantiles, Hogares de la Tercera Edad, Hogar Club de Ancianos Trajano, Centros Ocupacionales y Centros de Atención a los Discapacitados y Jefes de Retén se valorarán la antigüedad en la Junta de Extremadura, las titulaciones académicas relevantes para el puesto, la formación recibida e impartida relacionada con el puesto de trabajo y la experiencia en campos o actividades profesionales similares dentro de la Administración Pública, según establezca la Comisión Paritaria del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura.