Carrera profesional
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Carrera profesional
La carrera profesional horizontal del personal funcionario consiste en el reconocimiento individualizado del desarrollo profesional alcanzado, sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo, a través de la progresión en el sistema de niveles consecutivos como consecuencia de la valoración de la trayectoria y actuación profesional, la calidad de los trabajos realizados, de los conocimientos adquiridos y de los resultados de la evaluación del desempeño, según lo establecido en el artículo 105.1 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
La carrera profesional tiene carácter voluntario e individual. Su acceso será gradual y consecutivo en el tiempo dentro de dentro de cada Subgrupo o Grupo de titulación, a los distintos niveles en que se estructura.
La carrera profesional tiene carácter voluntario e individual. Su acceso será gradual y consecutivo en el tiempo dentro de dentro de cada Subgrupo o Grupo de titulación, a los distintos niveles en que se estructura.
El empleado público deberá asegurarse de que cumple con los requisitos exigidos en la normativa vigente para el reconocimiento de la carrera.
Solicitud de reconocimiento de nivel de carrera profesional
Solicitud de homologación de nivel de carrera profesional
- Instrucciones
- Solicitud PDF
- Reconocimiento de nivel de carrera profesional
- Homologación de nivel de carrera profesional (Otras Administraciones)
Normativa
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Plan Anual de Valoración a efectos del reconocimiento de los distintos niveles de carrera profesional horizontal
RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2022, de la Dirección General de Función Pública
Contacto
carreraprofesional@juntaex.es