Jubilación anticipada para el personal laboral bombero forestal (modelo 13)
Jubilación anticipada para el personal laboral bombero forestal (modelo 13)
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Jubilación anticipada para el personal laboral bombero forestal (Modelo Nº 13)
Con ocasión de la publicación en el BOE del Real Decreto 817/2025, de 16 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 383/2008, de 14 de marzo, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos se ha puesto de manifiesto por las personas interesadas los problemas surgidos ante el INSS para la admisión de los Certificados emitidos por el Registro General de Personal sobre servicios prestados.
Analizadas las dificultades anteriores y con objeto de poder emitir certificados de servicios prestados, por parte del Registro General de Personal, que puedan ser de utilidad para las personas interesadas a la hora de su aportación, ante el INSS, para la realización de su "simulación del cálculo de la pensión de jubilación", sin impedimento alguno, se INFORMA que el procedimiento a seguir será el siguiente:
1. Si lo pretendido por la persona interesada es que por parte del INSS se analice su situación y emita un "informativo de la pensión de jubilación": se solicitará la emisión del certificado de servicios prestados a la Dirección General de Función Pública- Servicio de Gestión y Provisión de Personal- Registro General de Personal (DIR: 11019085) en el modelo oficial que figura en el portal del empleado, incluyendo en el motivo de su petición: "Para su presentación ante el INSS a los efectos de solicitud de información sobre simulación de pensión de jubilación."
Desde el Registro General de Personal se realizará una certificación a los efectos de obtención de simulación de pensión de jubilación, ajustándose, lo que permite la normativa que rige en el Registro General de Personal, al requerido por el INSS.
2. Una vez realizados los trámites oportunos ante el INSS y, en su caso, emitido por éste el comunicado informativo de la pensión de jubilación, si la pretensión de la persona interesada, a la vista del mismo, es proceder a su jubilación, deberá realizar los trámites relativos a su solicitud de jubilación, ante la Dirección General de Función Pública, y una vez producido su cese por jubilación se expedirá, de oficio, por la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural (Secretaría General-Servicio de Gestión de Recursos Humanos) la "certificación de empresa. Bombero Forestal/Agente del Medio Natural" (modelo facilitado por el INSS) que será remitido a las personas interesadas vía electrónica, para su presentación, junto con la solicitud de pensión de jubilación, ante el INSS.