Tablón de Anuncios Sindicales
Se acerca el fin del abuso de las «necesidades del servicio» y la falta de preaviso en condiciones laborales
El Proyecto de Ley aprobado por la Mesa del Congreso del 16 de febrero de 2024 transpone la Directiva UE 2019/1152
El 16 de febrero de 2024, la Mesa del Congreso de los Diputados adoptó acuerdo sobre Proyecto de ley por la que se modifican el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y otras disposiciones en materia laboral, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1152 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea.
Esta normativa, según su propia exposición de motivos, «introduce una nueva visión de los derechos y garantías laborales en nuestros sistema productivo y de relaciones laborales», suponiendo «cambios culturales en la forma de entender los derechos y obligaciones de ambas partes de la relación laboral».
El derecho a la información sobre el marco de las relaciones laborales se modifica, consolidándose cualitativamente, como «derecho de transparencia», profundizando en un concepto que ya está transformando la relación entre la ciudadanía y las Administraciones Públicas. La norma refuerza «la necesidad de que los trabajadores dispongan de información completa respecto de sus condiciones de trabajo esenciales, información que debe facilitarse a su debido tiempo y por escrito de una forma fácil acceso».
Esta exigencia impacta en un nuevo concepto con capacidad revolucionaria sobre las condiciones laborales: el derecho a la previsibilidad de las condiciones de trabajo. Esto significa que el trabajador deberá conocer a la firma del contrato, y con suficiente antelación en caso de modificaciones, de las condiciones exactas de su desempeño. Este derecho se basa en la idea del «control de su propio tiempo» por parte del trabajador, removiendo obstáculos para la «conciliación de la vida laboral y familiar».
Aunque el Proyecto de ley explicita en su título solo la modificación del Estatuto de los Trabajadores, el apartado II de la exposición de motivos, alude específicamente al Estatuto Básico del Empleado Público, y la necesidad de que se adapte a la nueva normativa, lo que abre un amplio abanico de presión sindical para que las Administraciones cesen en abusos actuales, como la arbitrariedad en el uso del concepto «necesidades de servicio», la falta de preaviso en la modificación de la jornada, la carencia de concesión o negación de permisos con la antelación adecuada, y otras muchas malas prácticas que impactan negativamente en la conciliación de la vida familiar y laboral de miles de empleados públicos.
Además, se introduce en el Estatuto de los Trabajadores una nueva disposición adicional vigesimonovena, en relación con el empleo en paralelo y transición a otras formas de empleo, que afecta directamente al personal laboral del sector público, que tendrá efectos de flexibilización sobre la incompatibilidad para desempeñar otros empleos simultáneamente.
Estamos anta una normativa futura, respaldada por la UE, es decir por el Tribunal Superior de Justicia de la UE (TJUE) que, adecuadamente interpretada por la fuerza negociadora de los empleados públicos, puede servir para lograr un salto cualitativo muy importante en la mejora de la calidad de vida de decenas de miles de trabajadores que ahora sufren el abuso de poder, por ejemplo, en la Junta de Extremadura.
El SIP es el primer sindicato en Extremadura que comunica públicamente esta gran posibilidad de avance para los empleados públicos, y que ya cuenta con una propuesta en firme para su aplicación al ámbito en el que trabajamos.
El Proyecto de ley fue presentado el 09/02/2024 y, avocado en el pleno del Congreso el 21/03/2024, votado a favor por el 98,51% del voto emitido, 94,57% del pleno. En la actualidad se está trabajando en la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Pronto será una realidad legislativa.
* Correo electrónico: correo@sindicato-sip.es
* Afíliate: Afiliación online al sindicato - Sindicato Independiente Progresista